Torneo de Liga 2017-2018 |
JUGADOR | EQUIPO |
JR |
INFRACCION |
SUSPENSIÓN |
Fernando Vazquez | Galácticos |
26 |
Insultos, retar e intento de agresión al árbitro | 10 (diez) partidos |
Carlos Chávez | R. de Agosto | Smfv |
Insultar con palabras altisonantes al cuerpo arbitral | 3 (tres) partidos |
Ramón Padilla | Caguameros | Smfi |
Por hacer señas obsenas a la porra de Tekatos. Metiendose la mano en el short y hacer señas. | 2 (dos) partidos |
Alvaro Lozano | Caguameros | Smfv |
Por juego brusco grave | 2 (dos) partidos |
Luis Padilla | Caguameros | Smfv |
Por juego brusco grave | 2 (dos) partidos |
Juan Fonseca | Tekatos | Fnl |
Acumulación de tres tarjetas amarillas | 1 (uno) partido |
Marco Bautista | Colacar | Fnl |
Acumulación de tres tarjetas amarillas | 1 (uno) partido |
Todos los jugadores que aparecen en la lista deberán cumplir con sus partidos de suspensión. Los que pagaron conmutación del castigo no aparecerán en dicha lista. |
*** |
Conmutación de Castigo (Art. 183) |
Art. 183 del Reglamento del Torneo 2017-2018 |
Todos los equipos participantes, tendrán la oportunidad de pagar una cantidad monetaria, como conmutación de la suspensión de un jugador, que haya sido por acumulación de tarjetas amarillas o por doble amonestación, la cual tendrá un monto de $100.00 (cien pesos 00/100 m. n.), o dos salarios mínimos vigentes en el Estado. Dicha cantidad pasará a formar parte del fondo económico de la Liga y puede entregarse al Tesorero de la misma, antes del partido donde desee jugar dicho jugador suspendido. El jugador suspendido puede ingresar a jugar en cualquier momento del partido, siempre y cuando pague dicha conmutación antes de ingresar al terreno de juego, al delegado, encargado, capitán o presidente del equipo contrario. O en su caso, consense dicho ingreso, con las mismas personas antes mencionadas, para pagar en la siguiente reunión de delegados. Si dicha cantidad es entregada después de haberse celebrado el partido, sin haber avisado o consensado, si su equipo gana, perderá en la mesa y al jugador se le duplicará el castigo y se le aplicará lo señalado en el artículo 157. |
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